Aguinaldo proporcional: cómo calcularlo si no trabajaste el año completo
23 de agosto de 2026 · 5 min de lectura
El aguinaldo no se pierde por salir de la empresa antes de diciembre. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo es claro: quien no haya cumplido el año de servicios tiene derecho a la parte proporcional, conforme al tiempo que haya trabajado, como recoge Justia México. Aplica igual si renunciaste, si te despidieron o si tu contrato terminó.
La cuenta es corta y puedes hacerla en el teléfono. Aquí está la fórmula, tres ejemplos con montos reales, los plazos que la ley marca para el pago y la ruta gratuita para reclamar si el dinero no llega.
Qué es el aguinaldo y quién tiene derecho
El aguinaldo es una prestación anual obligatoria para todo trabajador con relación laboral, sin importar el tipo de contrato ni el tamaño de la empresa. No es un bono de desempeño ni una gratificación voluntaria: es un derecho de ley que se causa por el simple hecho de haber trabajado.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo fija un aguinaldo anual mínimo de 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre, según detalla Justia México. Ese mínimo puede mejorarse en tu contrato individual o en un contrato colectivo, pero nunca reducirse.
Quien no completó el año de servicios recibe la parte proporcional al tiempo trabajado, haya salido o no de la empresa. Es exactamente el escenario de quien entró a mitad de año, de quien renunció en marzo o de quien fue despedido en agosto.
La fórmula en una línea
Aguinaldo proporcional = salario diario x 15 x (días trabajados en el año / 365), tal como resume el Centro de Conciliación Laboral de Sinaloa en su guía para calcular y reclamar el aguinaldo. Los 15 días son el mínimo de ley; si tu contrato o contrato colectivo da 20 o 30 días, sustituye ese número en la fórmula.
El salario diario sale de dividir tu sueldo mensual entre 30. Los días trabajados se cuentan desde el 1 de enero, o desde tu fecha de ingreso si entraste este año, hasta tu último día laborado.
Ese es el orden que conviene respetar: primero el salario diario, después los días efectivamente trabajados y solo al final la multiplicación. Invertir los pasos o redondear los días es de donde salen la mayoría de las diferencias.
Tres ejemplos con números
Con la fórmula a la vista, los casos típicos quedan así:
- Sueldo de $12,000 ($400 diarios), salida el 10 de julio con 191 días del año: 400 x 15 x 191/365 = $3,139.73.
- Sueldo de $9,000 ($300 diarios), salida el 31 de marzo con 90 días: 300 x 15 x 90/365 = $1,109.59.
- Sueldo de $18,000 ($600 diarios), año completo trabajado: 600 x 15 = $9,000.00 pagaderos antes del 20 de diciembre.
Cuándo deben pagarlo
Si sigues en la empresa, el aguinaldo del año debe pagarse antes del 20 de diciembre. Es una fecha límite, no una fecha sugerida, y no depende de la situación de caja del negocio ni de que hayas alcanzado alguna meta.
Si la relación laboral termina antes, la parte proporcional entra en tu finiquito. El aguinaldo proporcional es parte obligatoria de todo finiquito, incluso cuando la salida es por renuncia, como precisa BBVA México al explicar qué incluye el finiquito.
El aguinaldo proporcional es solo una pieza del paquete: junto con él te deben los días trabajados del último mes, las vacaciones proporcionales y la prima vacacional. Si tu salida fue un despido injustificado, además se suman las indemnizaciones de ley, y conviene revisar la guía para calcular tu liquidación en México paso a paso antes de aceptar cualquier cifra.
Aguinaldo y despido: no se toca
El aguinaldo proporcional se paga en cualquier escenario de salida, incluido el despido justificado. Es salario devengado, no una indemnización, y por eso no depende de la causa de terminación ni de que la empresa esté conforme con tu desempeño.
Tampoco es un concepto negociable dentro del finiquito. Si en la propuesta que te presentan el aguinaldo aparece dentro de una sola línea global llamada finiquito o gratificación, pide el desglose: sin base salarial y sin número de días no hay forma de verificar el cálculo.
Si te plantean pagarlo en especie o condicionado a que firmes algún documento, detente y busca orientación antes de aceptar. La vía gratuita para consultarlo es PROFEDET.
Aguinaldo e ISR: qué esperar en tu recibo
El aguinaldo tiene un tratamiento fiscal propio: una parte está exenta de ISR y el excedente sí causa impuesto, por lo que el monto que recibes en el banco suele ser menor al que arroja la fórmula. Esa diferencia no significa que te hayan calculado mal la prestación.
Lo que sí debes exigir es el desglose. En el CFDI de nómina de tu aguinaldo o de tu finiquito deben aparecer la percepción y la retención por separado, de modo que puedas ver cuánto se gravó. Para confirmar el monto exento vigente en el año en que te pagan, consulta directamente al SAT o pide orientación gratuita en PROFEDET.
Si no te lo pagan: plazos y vías gratuitas
Para reclamar el aguinaldo tienes un año contado desde que el pago era exigible, conforme a la prescripción general del artículo 516 de la LFT que explica Jurify. Es un plazo mucho más holgado que el del despido, que es de solo 2 meses, pero tampoco conviene agotarlo.
La vía práctica arranca con la asesoría gratuita de la PROFEDET, que es la instancia a la que se lleva el incumplimiento del pago del aguinaldo, y continúa con la conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que también es gratuita y suele resolver adeudos de finiquito sin llegar a juicio.
Lleva tus recibos de nómina CFDI: con ellos se acredita tu salario diario real y el cálculo deja de ser discutible. Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado laboral para tu caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿El aguinaldo proporcional se paga si me despidieron con causa?
Sí. El aguinaldo es una prestación devengada por el tiempo trabajado y se paga en toda terminación, sin importar el motivo. Lo que se pierde con un despido justificado son las indemnizaciones, no el aguinaldo.
¿Sobre qué salario se calcula?
Sobre tu cuota diaria ordinaria vigente, que se obtiene dividiendo el sueldo mensual entre 30. No se usa el salario diario integrado, que es la base de las indemnizaciones por despido.
¿El aguinaldo paga impuestos?
Una parte del aguinaldo está exenta de ISR y el excedente sí causa impuesto, por lo que el depósito puede ser menor al resultado de la fórmula. El desglose debe aparecer en tu CFDI de nómina; para conocer el monto exento vigente, consulta al SAT o a PROFEDET.
¿Y si mi patrón dice que el aguinaldo se paga solo en diciembre?
Es incorrecto para quien se separa antes: la parte proporcional se paga con el finiquito al terminar la relación laboral. Esperar a diciembre solo aplica para quienes siguen activos en la empresa.
Fuentes
- Justia México - Aguinaldo: cálculo y fecha límite según el artículo 87 de la LFT
- CCL Sinaloa - Guía para calcular y reclamar el aguinaldo
- BBVA México - El aguinaldo proporcional dentro del finiquito
- Jurify - Plazos de prescripción para reclamar en materia laboral
- Ley Federal del Trabajo (texto vigente, Cámara de Diputados)
- PROFEDET - Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
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