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Indemnización por despido sin justa causa en Colombia: tablas y ejemplos

1 de septiembre de 2026 · 6 min de lectura

En Colombia el empleador puede terminar el contrato sin justa causa, pero ese derecho tiene precio: la indemnización del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo. No es un favor ni una negociación, es una tarifa fijada por ley que depende del tipo de contrato, del salario y de la antigüedad.

Ojo con un punto que genera confusión: la indemnización es adicional a la liquidación de prestaciones y es irrenunciable, como recuerda Lexivox. Cesantías, intereses, prima y vacaciones se pagan siempre; la indemnización se suma solo cuando el despido fue sin justa causa.

Contrato a término indefinido: la tabla del artículo 64

Para contratos indefinidos, la indemnización se mide en días de salario y tiene dos escalas según tu nivel salarial, tal como recoge Leyes.co del texto del artículo 64 del CST. El corte está en 10 salarios mínimos: con el SMMLV de 2026 en $1.750.905, ese umbral equivale a $17.509.050 mensuales, según el cálculo publicado por Holland & Knight.

Ubicarte en la escala correcta es el primer paso, porque la diferencia entre una y otra es considerable en carreras largas. Verifica el salario que la empresa tomó como referencia y compáralo con lo que aparece en tus desprendibles de nómina.

  • Salario inferior a 10 SMMLV: 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año siguiente, proporcional por fracción.
  • Salario de 10 SMMLV o más: 20 días por el primer año y 15 días por cada año siguiente, proporcional por fracción.

Ejemplo con contrato indefinido

Salario de $3.000.000 (salario diario de $100.000) y 4 años exactos de servicio. Por estar debajo de 10 mínimos: 30 días del primer año más 20 x 3 años adicionales = 90 días. Indemnización: 100.000 x 90 = $9.000.000.

Con 4 años y medio, la fracción cuenta: 30 + 20 x 3,5 = 100 días, es decir $10.000.000. Cada mes adicional de antigüedad mueve la cifra, así que verifica tus fechas exactas de ingreso y retiro antes de aceptar un valor.

El error más común en este punto no está en la fórmula, sino en las fechas. Si la empresa registró tu ingreso semanas después de que empezaste a trabajar, la fracción se acorta y la indemnización sale por debajo de lo que corresponde.

Contrato a término fijo: el tiempo que faltaba

Si tu contrato era a término fijo y te despiden sin justa causa antes del vencimiento, la indemnización equivale a los salarios del tiempo que faltaba para terminar el plazo pactado. Un contrato a un año terminado en el mes octavo genera cuatro meses de salario como indemnización.

La misma lógica aplica al contrato por duración de la obra: se paga el tiempo que faltaba para culminar la obra, sin que la indemnización sea inferior a 15 días, según el mismo artículo 64 recogido por Leyes.co.

En estos contratos conviene tener a la mano el documento firmado con la fecha de vencimiento o la descripción de la obra. Sin ese soporte, discutir cuánto tiempo faltaba se vuelve una conversación sin referencia objetiva.

Lo que no cambia: tus prestaciones sociales

Con o sin justa causa, al terminar el contrato te deben la liquidación completa de prestaciones: cesantías e intereses del año en curso, prima proporcional del semestre y vacaciones no disfrutadas. El despido sin justa causa agrega la indemnización encima de todo eso, no en lugar de ello.

Para dimensionar un caso completo, tomemos a la persona del ejemplo: salario de $3.000.000, despedida el 30 de junio con 4 años de servicio, es decir 180 días causados en el año.

  • Cesantías del año en curso: 3.000.000 x 180/360 = $1.500.000.
  • Intereses sobre cesantías: 1.500.000 x 180 x 0,12 / 360 = $90.000.
  • Prima de servicios del semestre: 3.000.000 x 180/360 = $1.500.000.
  • Vacaciones compensadas: 3.000.000 x 180/720 = $750.000.
  • Indemnización del artículo 64 por 4 años: $9.000.000.

Cómo verificar el cálculo antes de firmar

Puedes reproducir todas estas cuentas con tus propios datos siguiendo la guía para calcular la liquidación laboral en Colombia, que detalla la base de cada prestación y la convención de 360 días.

Al revisar el documento, exige que la indemnización aparezca como una línea propia, separada de las prestaciones. Un total agrupado impide saber si te pagaron los 90 días que correspondían o si diluyeron parte de la indemnización dentro de otro concepto.

Cómo reclamar si no te la pagan

Reclama primero por escrito a la empresa, pidiendo el pago de la indemnización y la liquidación con su desglose, y guarda la constancia de recibido. Si no hay respuesta, la conciliación ante el Ministerio del Trabajo es gratuita y puedes pedir orientación por la línea nacional 120; para obligar al pago, la vía definitiva es la demanda ante el juez laboral.

Ten presentes dos relojes. A tu favor corre la sanción moratoria del artículo 65 del CST, un día de salario por cada día de retardo hasta por 24 meses, mientras no te paguen la liquidación. En contra corre la prescripción: tres años desde que el derecho se hace exigible, según Gerencie.

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado laboral. Antes de firmar un acuerdo o desistir de un reclamo, consulta tu caso concreto con un profesional o con el Ministerio del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera despido sin justa causa?

Toda terminación decidida por el empleador que no se apoya en alguna de las justas causas que enumera el Código Sustantivo del Trabajo. Si la causal no existe o no se prueba, el despido es sin justa causa y genera la indemnización del artículo 64.

¿La indemnización incluye el auxilio de transporte?

No. Se liquida sobre el salario, sin auxilio de transporte. El auxilio solo entra en la base de cesantías y prima de servicios cuando el trabajador lo devenga.

¿Si renuncio tengo derecho a indemnización?

En principio no: la indemnización del artículo 64 corresponde cuando el empleador termina el contrato sin justa causa. Si renunciaste por incumplimientos graves del empleador, consulta tu caso con el Ministerio del Trabajo por la línea 120 o con un abogado laboral antes de descartar el reclamo.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

Tres años desde la terminación del contrato, que es cuando la indemnización se hace exigible. Un reclamo escrito recibido por el empleador interrumpe la prescripción por un lapso igual, así que dejar constancia temprana protege tu derecho.

Fuentes

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